Jul 20, 2020
El 30 de julio, a las 9,00, habrá audiencia pública con la Corte en pleno. para responder:
¿Cómo debe interpretarse y cuáles son los alcances del requisito constitucional de ejercicio de la profesión para ser ministro de la Suprema Corte de Justicia (art. 152, inc. 3 de la Constitución de Mendoza?
En ese contexto estableció un plazo para la inscripción de las personas físicas o jurídicas interesadas en participar, que finalizará el 27 de julio de 2020 a las 10 horas, en http://www.jus.mendoza.gov.ar/audiencia-publica
Audiencias públicas
«La Presidencia de la Sala Segunda de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, comprometida con valores democráticos, convocó a la realización de Audiencia Pública con el propósito de tender puentes entre lo que los jueces interpretan a partir del estudio del derecho y los discursos que transitan en la comunidad sobre las que sus decisiones tienen impacto.
«A través de las Audiencias Públicas se busca garantizar la participación ciudadana y la difusión del modo en que el Máximo Tribunal lleva adelante los procesos en que ejerce su jurisdicción en temas de máximo interés público. Se trata de instancias procesales capaces de introducir aquello que se discute en el ámbito informal de la sociedad civil, más aún cuando se trata de una cuestión constitucional.
El sitio Unidiversidad presenta el asunto de este modo: «La audiencia pública para evaluar si Day cumple con los requisitos para integrar la Corte tiene fecha». Para leer la nota completa hacé clic aquí.
Opinión de Palermo
El Sr. Asesor de Gobierno mediante diferentes recursos pretendió la revocación tanto de la convocatoria a Tribunal Plenario, como así también del llamado a Audiencia Pública.
Los diferentes planteos fueron desestimados por el Sr. Presidente de la Sala Segunda de la Suprema Corte de Justicia, Dr. Omar Palermo, quien en la fundamentación de la decisión dijo: “En conclusión, los argumentos sostenidos por el recurrente no desvirtúan los fundamentos considerados en la resolución cuestionada, esto es, que la decisión del Presidente de Sala que convoca a resolver un tema de máximo interés y gravedad institucional en jurisdicción originaria del Tribunal no se encuentra subordinada ni supeditada a la decisión de los restantes integrantes del Tribunal ni a ningún otro trámite procedimental; como así tampoco lo están las formas de participación que aporten mayor información a la decisión, más aún si las mismas están contempladas en el diseño constitucional de la Nación.
Expresado con otras palabras, la celeridad, la transparencia, la contradicción, la publicidad y el diálogo democrático que, en condiciones de igualdad, garantiza la audiencia pública, en un tema de enorme trascendencia como el que nos ocupa, no solo no deberían inquietar al Sr. Asesor de Gobierno, sino que, entiendo, deberían generar su respaldo sin reservas. La provincia está necesitando señales de respeto institucional. Que el Sr. Asesor, no de un Gobierno en particular, sino del Gobierno de todos y todas los mendocinos y mendocinas, diera muestras de confianza institucional en quienes actualmente formamos parte de su Suprema Corte de Justicia, podría ser un buen indicio de retorno al camino de la convivencia democrática.
A los y la integrante de este tribunal, más allá de nuestras democráticas diferencias, nos une fundamentalmente el interés por la preservación de nuestro bien más preciado, a saber, la calidad de nuestro Estado Democrático de Derecho.
Tenemos el deber de no degradar ese Bien a una mera frase vacía de contenido. Estamos ante un momento crucial para la vida institucional de la Provincia, que nos exige a todos y a todas, pero especialmente a quienes tenemos responsabilidades en el ejercicio de la función pública, estar a la altura de lo que las actuales circunstancias requieren. Tenemos el deber de cooperar en el mantenimiento de un Estado provincial que pueda exhibir con orgullo sus credenciales democráticas. Pues bien, en la realización de esta tarea, quizá la mayor responsabilidad recaiga sobre nuestra Suprema Corte de Justicia, en tanto último garante de dicha institucionalidad.
En el tema que se trae a consideración de esta corte esa responsabilidad institucional debe hacerse efectiva, según creo, del siguiente modo. Por un lado, garantizando una discusión pública abierta, honesta, horizontal, transparente e igualitaria. Por otro lado, asegurando que sean los integrantes titulares de esta Suprema Corte de Justicia, votados por el Honorable Senado de la Provincia de Mendoza, es decir, votados por el pueblo de Mendoza, a través de sus representantes, quienes debamos dictar, sin dilaciones indebidas, un pronunciamiento judicial que esté en consonancia con las leyes, con la Constitución provincial y la Constitución nacional, tal como lo hemos juramentado en nuestras respectivas asunciones.
Estas son las razones en las que he basado el llamado a la Audiencia Pública y el Plenario correspondiente. Invito a los ciudadanos y ciudadanas de Mendoza y, muy especialmente, al Sr. Gobernador de la Provincia, a que transitemos juntos este camino de manera institucional y democrática. Es lo menos que nuestra ciudadanía espera de nosotros.